El SRI podría cobrarte el ISD si tus gastos en el exterior con tarjeta superaron los USD 5.000.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha iniciado acciones de control para verificar que los contribuyentes hayan cumplido con el pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) correspondiente a los años fiscales 2022 y 2023, en relación con consumos efectuados en el extranjero mediante tarjetas de crédito.
Estos controles se enfocan en las personas que excedieron el límite exento de USD 5.109,79 anuales a través de consumos o retiros realizados fuera del país con tarjetas de crédito o débito, y que no realizaron la declaración ni el pago del ISD correspondiente.
Según la normativa actual, cuando una persona natural o una empresa supera el monto exento y no se ha efectuado la retención automática del ISD por parte de la entidad emisora de la tarjeta, el titular principal tiene la obligación de declarar y pagar directamente este impuesto ante el SRI.
Para los períodos fiscales 2022 y 2023 el monto exento de ISD fue de USD 5.109,79. Si los consumos o retiros anuales superaron el monto señalado, se genera un valor de ISD sobre cada transacción, considerando las siguientes tarifas:
El director general del SRI, Damián Larco, explicó que muchas de las diferencias detectadas se deben a que los contribuyentes usan múltiples tarjetas de crédito o débito de diferentes entidades bancarias para realizar consumos en el exterior.
Cuando se excede el límite con una entidad, esta aplica la retención correspondiente; sin embargo, los otros emisores no cuentan con esa información, por lo que no retienen el impuesto.
Asimismo, Larco recordó que los consumos realizados con tarjetas adicionales se atribuyen al titular principal de la cuenta, quien es considerado el responsable del pago del impuesto.
Para facilitar el cumplimiento voluntario de esta obligación, el SRI emitió una resolución, en la que se establece que los contribuyentes que aún no han declarado el ISD correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024, podrán regularizar su situación tributaria de manera acumulada por cada año fiscal a través de SRI en línea, utilizando el Formulario Múltiple de Pagos con el código 4580, hasta el 30 de junio del presente año.
Finalmente, el SRI recuerda que el ISD aplica a toda transferencia, envío o traslado de divisas al exterior, ya sea en efectivo, cheques, transferencias electrónicas, retiros o pagos con tarjetas.
Jason Frank